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26 de junio de 2020

Comunicado del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul; ‘Se busca privatizar una parte de la justicia’

Imagen Ilustrativa

A través de un comunicado, el Colegio de Abogados Departamental destacó la medida innecesaria e inoportuna del proyecto de decreto de necesidad y urgencia presentado el pasado lunes, por la Dra. Cristina Armella (rectora de la UNA –Universidad Notarial Argentina y presidenta de la UINL, Unión Internacional de Notarios) al Presidente de la República, para la determinación de herederos por escritura pública, en casos de fallecidos por COVID-19, fijando los honorarios del escribano interviniente en $ 5.000.

El proyecto pretende imponer un “juicio de notoriedad” en manos de escribanos. Esta iniciativa atenta contra la seguridad jurídica porque coloca el trámite de las sucesiones (aunque por ahora, presuntamente justificadas y limitadas a situaciones de Covid-19) fuera del ámbito natural y público de la jurisdicción de los jueces, para ser dirimidas en el ámbito privado de los escribanos.

En concreto, se busca privatizar una parte de la justicia. Pero más grave aún es que la propuesta no aporta, en este contexto de crisis, absolutamente nada al ciudadano, excluyendo inclusive a la población económicamente más vulnerable,  al agregar un recaudo innecesario y oneroso al trámite que podría tramitarse gratuitamente en ANSES con la simple agregación de las partidas respectivas,  tal como hoy disponen las normas del mismo Organismo Previsional (Circular DPAyT 32/20, DPAyT 28/20; ACTI 01-46 del 16/07/2019, Circ. Gay 45/05 y concordantes, entre otras).

Que un hipotético DNU otorgue a los escribanos funciones jurisdiccionales, habilitándolos para examinar recaudos procesales, declarar abierto el proceso sucesorio, disponer la publicación de edictos, dar intervención a los Ministerios Públicos y dictar declaratoria de herederos o auto aprobatorio de testamento, sería una aberración jurídica que atentaría contra los principios y garantías de nuestras Constituciones Nacional y Provincial, desconociendo el Código Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.

 ¿Qué pasaría, por ejemplo, con el control y la legalidad de los actos jurídicos y procesales cuando intervienen personas menores de edad y/o con capacidad restringida, entre otros casos?

Por todo lo expuesto, el Colegio de Abogados Departamental  ratifica su compromiso con la Abogacía y la defensa de sus incumbencias, en beneficio de las matriculadas y los matriculados, la comunidad en general y, en particular, de los sectores más vulnerables. 

Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul

 

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