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MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR

26 de diciembre de 2022

El Municipio invierte en Alumbrado Público, no adeuda

En respuesta a una comunicación del área de prensa de la Cooperativa Eléctrica, desde la Oficina de Prensa de la Municpalidad de Bolívar, enviaron un informe sobre el manejo del Alumbrado Público.-

CUENTAS CLARAS, INVERSIONES E INFORMACIÓN FUNDADA    EL MUNICIPIO INVIERTE EN ALUMBRADO PÚBLICO, NO ADEUDA   El Municipio de Bolívar continúa invirtiendo en ALUMBRADO PÚBLICO, sin ser ésta, una de sus obligaciones, sino facultad que compete a la Cooperativa Eléctrica de Bolívar. El Municipio de Bolívar, no solo no adeuda en alumbrado público, sino que planifica y ejecuta inversiones sobre ALUMBRADO PÚBLICO en Bolívar.   Ante el comunicado mal intencionado y falaz, emitido por las autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Bolívar; y su posterior difusión en medios y redes sociales; el Ejecutivo Municipal junto a sus asesores legales y la Secretaría de Hacienda, desea informar a los usuarios del servicio y contribuyentes de la tasa de alumbrado público, lo siguiente:   A) Marco Normativo del Alumbrado Público   Por Ordenanza Municipal N°1447 del año 1998, es aprobado el Contrato de Concesión entre la Municipalidad de Bolívar (Concedente) y la Cooperativa Eléctrica de Bolívar (Concesionaria) por medio del cual la Cooperativa asume en forma exclusiva y excluyente la responsabilidad en la prestación del servicio de alumbrado público y su mantenimiento dentro del área de concesión. Por Ordenanza Municipal Nº 2798 sancionada el 24 de Mayo 2022 por el Honorable Concejo Deliberante, a requerimiento de la Cooperativa Eléctrica, el contrato de concesión es prorrogado por el plazo de 30 años, en los mismos términos y condiciones. En dicha oportunidad, la Cooperativa NO efectuó ninguna propuesta o requerimiento de modificación al Régimen Tarifario vigente del Alumbrado Público (Capítulo IV de la Ordenanza Nº 799/91) en el cual en forma fundada demostrara que la estructura de costos del servicio (energía y mantenimiento) no fuera suficiente para el sostenimiento del mismo. Por Ordenanza Nº 799/91 -la cual mantiene un efecto ultractivo en el tiempo en el aspecto vinculado al alumbrado público-, se reglamenta el contenido de la obligación prevista en el artículo 1º del Contrato de Concesión Vigente (Ordenanza Nº 1447/98) y por la misma se determina que la Cooperativa tiene a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad en relación al Servicio de Alumbrado Público (Artículo 6º) los siguientes aspectos:   1. Prestación  2. Mantenimiento y/o conservación 3. Provisión de Lámparas de todo el alumbrado público 4. Provisión de accesorios 5. Encendido del alumbrado   Asimismo, la Ordenanza Nº 799/91 en su artículo 8º determina el cuadro tarifario de la “Tasa de Alumbrado Público” que la Cooperativa percibirá directamente de los usuarios urbanos y suburbanos en las facturas, para solventar el “costo total” de la prestación del servicio. Es decir, la Municipalidad NO recauda la Tasa de Alumbrado Público correspondientes a los inmuebles que poseen medidor. Recayendo dicha responsabilidad en la Cooperativa, quien luego administra dichos recursos para ser aplicados al sostenimiento del servicio.   B) Rendición de Cuentas:   La Ordenanza Nº 799/91 dispone en su artículo 13º que “La cooperativa deberá presentar a la Municipalidad una rendición de cuentas de las sumas recaudadas en concepto de cargo por alumbrado público y de los costos por energía consumida y gastos de mantenimiento y cualquier otra información, vinculada a la prestación del servicio. Dicha rendición al día de la fecha no ha sido presentada por el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica a fin de justificar de manera fundada y documentada la “supuesta” insuficiencia de la tasa para atender el servicio de alumbrado público. Por lo que, mediante el comunicado emitido en el día de la fecha, las autoridades de la Cooperativa Eléctrica no solo proceden de manera informal; sino que ponen de manifiesto el incumplimiento del convenio vigente; ya que no existió -ni al momento de aprobarse la prórroga del contrato de concesión ni en un momento posterior- ninguna solicitud “formal” para modificar lo convenido entre las partes.  Tal es así que cualquier cambio en el cuadro tarifario del alumbrado público, es necesario la intervención del Honorable Concejo Deliberante y Mayores Contribuyentes, por lo que el Departamento Ejecutivo no puede -por ausencia de competencia- modificar la percepción o determinación de una Tasa. En resumen, Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica no ha presentado a la fecha las rendiciones que menciona el Artículo 13, ni enviado la información sobre los costos del Alumbrado Público, desconociendo la Municipalidad de Bolívar cual es el importe recaudado por la Cooperativa en concepto de la tasa que paga cada usuario en su recibo de luz, el destino de dichos recursos y los costos que presenta el servicio.   C) Inversiones realizadas por la Municipalidad en el Alumbrado Público   Desde el año 2013 a la fecha, esta gestión municipal ha invertido más de 870 millones de pesos en OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO, con la finalidad de mejorar, optimizar el consumo de energía y renovar las luminarias existentes, sin tener la OBLIGACIÓN CONTRACTUAL de realizarlo.  Impactando dicha inversión municipal en un ahorro significativo para la Cooperativa Eléctrica y sus usuarios. A modo de ejemplo podemos citar las siguientes inversiones en dinero en luminarias: 96 millones de pesos para la adquisición de 1500 luminarias LED de 250 y 400 WATS. 22 millones para su posterior colocación  752 millones de pesos en obras de iluminación, colocación y accesorios. Para mencionar algunas de las obras de iluminación y tendido eléctrico financiadas por el Municipio o gestionadas ante organismos provinciales y nacionales, sin la intervención de la Cooperativa Eléctrica.    150 viviendas (Bº Zorzales) Tendido de media y baja tensión Recambio de luminarias 181 viviendas (Bº Procrear) Centro Cívico Escuela N°1 Promeba IX Parque Las Acollaradas (Zona de parrillas y zona de juegos) Parque lineal del ferrocarril Plazas  Castellá y María del Carmen Av. Calfucurá 154 lotes con servicio Ciclovías  Circunvalación  Acceso Parque Industrial Acceso Cacique Coliqueo   D) Inexistencia de Deuda: En otro orden, la Municipalidad desea dejar expresado que no adeuda ninguna suma de dinero en concepto de alumbrado público, dado que dicha tasa es percibida en su totalidad por la Cooperativa Eléctrica, quien si se encuentra en mora ante la no presentación de la rendición de cuentas. Cabe preguntarse: ¿Cuánto recauda la Cooperativa en concepto de tasa de alumbrado público? ¿Cuál es el costo del servicio de alumbrado público? ¿Por qué el servicio es deficitario? ¿Por qué no se atienden los reclamos de los usuarios? ¿Por qué le mienten a los usuarios de que la Municipalidad debe mantener el servicio, cuando el mismo se encuentra concesionado a la Cooperativa? Preguntas que deberían responder las autoridades actuales de la Cooperativa Eléctrica.   E) Denuncia y Sumario Por todo lo expuesto, el Intendente Municipal ha resuelto solicitar la intervención al Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA) a fin de que la autoridad de fiscalización, instruya el sumario correspondiente para determinar la responsabilidad de la Cooperativa y sus Autoridades en el incumplimiento del contrato de concesión y se apliquen las sanciones correspondientes, en los términos de la Ley 11.769.   Asimismo, en el marco de los incumplimientos detectados por ausencia de servicio en distintos puntos de la ciudad (luces quemadas y sectores no iluminados)  y los reclamos de los usuarios del servicio, el Intendente Municipal ha instruido a la Secretaría Legal y Técnica para que se proceda a la apertura de un sumario a fin de determinar dicha responsabilidad y se apliquen, de corresponder, las sanciones establecidas en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 799/91, el cual reza “La Municipalidad podrá aplicar una multa equivalente a diez veces el costo del KWH para alumbrado público, por foco y por cada noche, por los que permanezcan apagados por negligencia probada de la Cooperativa”.   Prensa Municipalidad de Bolívar

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