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POLICIALES

18 de mayo de 2021

Sub DDI Bolívar: Detuvieron a un mayor de edad acusado de "Abuso Sexual Agravado"

La contundencia de las pericias médica, y psicológica, sumada a la inteligencia criminal e investigación llevada a cabo por personal de la DDI local permitió recabar gran cantidad de elementos incriminatorios en cabeza de una persona de sexo masculino.-

SUB D.D.I BOLIVAR       LUGAR DE DETENCION: San Carlos de Bolívar.

Personal Sub D.D.I. BOLIVAR, por disposición del Juez de Garantías Nº 02 del Departamento Judicial Azul, Dr. Carlos Eduardo Villamarin procedió a la detención de un vecino de esta ciudad, acusado de abusar sexualmente de una niña menor de edad.

DETALLES DE LOS HECHOS

Fueron denunciados en la Comisaria de la Mujer y la Familia (CMyF) de esta ciudad, dándose se inició a la IPP 01-03-000244-20/00 caratulada “ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE POR LAS CONDICIONES DE SU REALIZACIÓN” con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción Penal de Bolívar (N° 15 del Depto. Judicial Azul) a cargo de la Dra. MARIA JULIA SEBASTIAN.

INVESTIGACION Y DETENCIÓN

La contundencia de las pericias médica, y psicológica, sumada a la inteligencia criminal e investigación llevada a cabo por personal de la DDI local permitió recabar gran cantidad de elementos incriminatorios en cabeza de una persona de sexo masculino, mayor de edad (33), domiciliado en esta ciudad. El imputado en ocasión de encontrarse realizando trabajos de refacción de una vivienda, habría abusado sexualmente de una persona menor de edad de sexo femenino (5).

TRABAJO COORDINADO:

Las fuerzas policiales, en un trabajo mancomunado entre la Comisaria local, CMyF, y DDI; una vez obtenida la ORDEN DE DETENCIÓN lograron rápidamente establecer el paradero del imputado, quien acorralado por la situación y conociendo la manda judicial se entregó en sede de la DDI local, lugar donde se cumplimentaron recaudos legales, quedando inmediatamente a disposición del magistrado interviniente y a la espera de que se le reciba declaración en los términos del art. 308 CPP.

IMPORTANTE: Las circunstancias personales de los involucrados no se consignan en razón de lo normado por los arts. 7 inc. f y 16 inc f de la Ley 26.485.

 

Fdo. EZEQUIEL LUNA – SUBCOMISARIO – SUB DDI BOLIVAR

 

 

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